Categoría
Vocal
Fecha
Jornada
Hora
Cancha
S.T.A Fútbol Club
| No. | Jugador | Detalle |
|---|---|---|
| 13 |
Maria Trujillo P.
|
|
| 17 |
Stefanny López
|
|
| 25 |
Maria Sanmiguel
|
|
| 32 |
Renata Rubio J.
|
|
| 90 |
Brittanny Tobay A. *JUV
|
1 |
Drink Team F.C.
| No. | Jugador | Detalle |
|---|---|---|
| 1 |
Ashly Cajas E.
|
3 |
| 2 |
Marshory Minda E.
|
3 |
| 8 |
Maria Chamba N.
|
|
| 9 |
Diana Fernández V.
|
2 |
| 17 |
Jeniffer Heredia B.
|
|
| 18 |
Aracely MartÍnez C.
|
1 |
| 23 |
Diana Jimenez R.
|
|
| 99 |
Darcy Ramírez S.
|
2 |
Nombre del Sr. Vocal
Informe del Sr. Vocal
El partido empieza a la hora programada, marcador final S.T.A Fútbol Club (1) - Drink Team F.C. (11), por lo demás sin novedad.En mi calidad de vocal designado para el encuentro, dejo constancia de los hechos suscitados antes del inicio del partido, relacionados con el control de asistencia, presentación de carnets y comportamiento antirreglamentario de una jugadora del equipo STA. El equipo Drinks Team se encontraba presente en la cancha Nro. 01. Únicamente tres (3) jugadoras presentaron su carnet correspondiente, mientras que el resto de jugadoras se identificó únicamente con cédula de identidad, sin justificar la no presentación del carnet reglamentario. El equipo STA se presentó inicialmente con solo dos (2) jugadoras en cancha. Una de ellas portaba cuatro (4) carnets adicionales, solicitando que se registre la asistencia de jugadoras que no se encontraban presentes. Ante dicha solicitud, se negó el registro correspondiente, amparado en el reglamento vigente, el cual establece que cada jugadora debe presentarse personalmente ante vocalía portando su carnet. Al explicar esta disposición reglamentaria, la jugadora STA Nro. 13, Sra. María Trujillo, procede a increpar de manera inapropiada, manifestando de forma alterada y exigente frases como: “¿Qué quiere que venga la jugadora que es mamá de una bebe y no puede dejar a su hija encargada?”, utilizando un tono inadecuado, confrontacional y desafiante, exigiendo que se cumpla lo que ella indicaba, desconociendo abiertamente la autoridad de la vocalía y el reglamento. Posteriormente, la jugadora antes mencionada insiste en que se debía esperar un tiempo total de diez (10) minutos para el inicio del encuentro, señalando que dicha espera sería obligatoria para árbitro y vocalía. Se le informa que el reglamento establece un tiempo inicial de cinco (5) minutos y que los otros (%) minutos adicionales queda sujeto exclusivamente a la aceptación del equipo rival. Cumplidos los cinco (5) minutos reglamentarios sin que el equipo STA complete el número mínimo de jugadoras, el señor juez del encuentro procede a dar por finalizado el partido por inferioridad numérica. Posteriormente, por disposición de la organización y ante la aceptación del equipo rival, se concede un tiempo adicional de cinco (5) minutos, considerando además las condiciones climáticas (lluvia), presumiéndose un retraso en la llegada del resto de jugadoras del equipo STA. En virtud de ello, el partido es retomado. Se deja constancia de que la conducta de la jugadora STA Nro. 13, Sra. María Trujillo, fue antirreglamentaria e inapropiada, generando confrontación innecesaria con vocalía y dificultando el normal desarrollo del control previo al encuentro, motivo por el cual el presente informe se remite para conocimiento del comité correspondiente y para los fines disciplinarios que estime pertinentes
Nombre del Sr. Árbitro
Calificación del Sr. Árbitro
Informe del Sr. Árbitro
Partido sin novedad de tarjetas. En mi calidad de árbitro designado para el encuentro, informo los hechos ocurridos previo al inicio del partido, relacionados con la presentación de jugadoras, control de carnets y aplicación del tiempo reglamentario. A la hora programada para el inicio del encuentro, el equipo Drinks Team se encontraba presente en la cancha Nro. 01. Tres (3) jugadoras presentaron su carnet correspondiente, mientras que las demás se identificaron con cédula de identidad, quedando esta situación bajo conocimiento de la vocalía. El equipo STA se presentó inicialmente con dos (2) jugadoras en cancha. Una de ellas portaba cuatro (4) carnets adicionales, solicitando que se registre la asistencia de jugadoras que no se encontraban presentes físicamente. Dicha solicitud no fue autorizada por vocalía, en conformidad con el reglamento vigente, el cual establece que cada jugadora debe presentarse personalmente con su carnet ante la autoridad correspondiente. Durante este procedimiento, la jugadora del equipo STA Nro. 13, Sra. María Trujillo, insistió de manera reiterada en que se permita el registro de las jugadoras ausentes y manifestó su desacuerdo con el procedimiento aplicado, elevando el tono de voz y generando una situación de discusión con vocalía. Asimismo, la jugadora mencionada indicó que se debía esperar un tiempo total de diez (10) minutos para el inicio del partido. Se le informó que el reglamento establece un tiempo de espera inicial de cinco (5) minutos y que los otros (%) minutos adicionales queda sujeto a la aceptación del equipo rival. Cumplidos los cinco (5) minutos reglamentarios sin que el equipo STA complete el número mínimo de jugadoras, procedí a dar por finalizado el encuentro por inferioridad numérica, conforme a reglamento. Posteriormente, por disposición de la organización y con la aceptación del equipo rival, se concedieron cinco (5) minutos adicionales, considerando las condiciones climáticas adversas (lluvia), presumiéndose un retraso en la llegada del resto de jugadoras del equipo STA. En consecuencia, el encuentro fue retomado. Se deja constancia de los hechos descritos para conocimiento de la organización y del comité correspondiente.
S.T.A Fútbol Club
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